Reforma Laboral 2026 para Empleados: 7 Nuevos Derechos que Tu Empleador Debe Cumplir
Febrero - 2026 | Gusabogados
La Ley 2466 de 2025 cambió las reglas laborales en Colombia. Si eres empleado, tienes nuevos derechos que muchos empleadores todavía no están cumpliendo, ya sea por desconocimiento o por conveniencia.
Algunos de estos cambios ya están vigentes desde diciembre de 2025. Eso significa que si tu nómina no se ha ajustado, podrías estar perdiendo dinero cada mes sin saberlo.
En esta guía te explicamos los 7 cambios que te afectan directamente, con los cálculos estimados, los pasos para verificar tu situación y qué hacer si tus derechos no se están cumpliendo.
Si quieres ver el panorama general de la reforma (incluyendo el impacto para empresas), consulta nuestro Resumen de los 7 Cambios de la Ley 2466.
Permisos Remunerados
La Ley 2466 (Artículo 15) añadió nuevos permisos remunerados obligatorios. Esto quiere decir que tu empleador debe darte tiempo libre pagado para estas situaciones, sin descontarte un solo peso:
Permisos nuevos:
- Citas médicas urgentes o con especialistas. Debes informar a tu empleador y presentar certificado médico. Incluye tratamiento de endometriosis conforme a la Ley 2338 de 2023.
- Obligaciones escolares como acudiente. Cuando el centro educativo de tu hijo o menor a cargo requiera tu asistencia obligatoria.
- Citaciones judiciales, administrativas o legales. Cualquier citación oficial ante un juez, entidad administrativa o autoridad legal.
- Día de la bicicleta. Un día de descanso remunerado cada 6 meses si certificas que usas bicicleta como transporte habitual para ir al trabajo. Requiere acuerdo con el empleador.
Permiso ampliado:
- Calamidad doméstica. Ya existía, pero la reforma extendió la cobertura a familiares hasta el tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil. Antes, la ley no especificaba este alcance.
El paso que muchos omiten
Aquí está el detalle que puede hacer la diferencia entre que te aprueben o te nieguen el permiso: la solicitud debe ser por escrito y con soporte.
La ley dice que debes “informar al empleador junto certificado previo” (Art. 15, literal e). Si lo pides verbalmente y sin documentación, tu empleador puede argumentar que no cumpliste el procedimiento.
Cómo solicitarlo correctamente:
- Notifica por escrito. Un mensaje de WhatsApp, un correo electrónico o una carta física. Lo importante es que quede registro con fecha.
- Adjunta el soporte. Certificado de la cita médica, citación judicial, constancia del colegio, o comprobante de la situación de calamidad.
- Guarda copia de todo. Captura de pantalla del mensaje, copia del correo, foto del documento entregado. Esta evidencia es tu respaldo si hay un conflicto posterior.
Si te niegan un permiso
Si tu empleador te niega un permiso que está contemplado en la ley, o te descuenta las horas de tu salario, está incumpliendo el Artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo (modificado por la Ley 2466).
Puedes presentar una queja formal ante el Ministerio del Trabajo o buscar asesoría legal para evaluar tu caso.
Recargos Nocturnos y Horas Extras
Este es probablemente el cambio con impacto más inmediato en tu bolsillo. Desde el 25 de diciembre de 2025, la jornada nocturna comienza a las 7:00 PM (antes comenzaba a las 9:00 PM, según la Ley 1846 de 2017).
¿Qué significa? Que las horas entre las 7:00 PM y las 9:00 PM, que antes se pagaban como trabajo diurno (sin recargo), ahora se pagan con un recargo nocturno del 35%.
Cuánto dinero extra significa
Si ganas el salario mínimo ($1.750.905/mes) y tu turno incluye esas 2 horas (7PM-9PM) *:
| Concepto | Cálculo | Valor |
|---|---|---|
| Valor hora ordinaria | $1.750.905 / 240 horas | $7.295 |
| Recargo nocturno por hora (35%) | $7.295 × 0,35 | $2.553 |
| Recargo por 2 horas extra nocturnas | $2.553 × 2 | $5.107/día |
| Recargo mensual adicional (22 días) | $5.107 × 22 | $112.349/mes |
Más de $112.000 pesos adicionales al mes si trabajas de lunes a sábado en turnos que cubran ese horario. Estos valores son para el salario mínimo — si ganas más, el recargo es proporcionalmente mayor.
Jornada de 42 horas desde julio 2026
Desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima baja a 42 horas semanales (8 horas diarias máximo). Esta es la última etapa de la reducción gradual que inició con la Ley 2101 de 2021. Tu salario no se reduce.
Cualquier hora que trabajes por encima de 42 semanales se paga como hora extra:
- Hora extra diurna: +25% sobre el valor hora
- Hora extra nocturna: +75% sobre el valor hora
Cómo verificar tu nómina
Revisa tu desprendible de pago y busca la línea de “recargo nocturno”. Si tu turno incluye horas entre 7:00 PM y 9:00 PM y no ves ese recargo desde enero 2026, tu empleador no ha hecho el ajuste.
Tienes derecho a reclamar retroactivamente desde el 25 de diciembre de 2025 (fecha en que entró en vigencia este cambio).
Contratos a Término Fijo
Si llevas años renovando el mismo contrato a término fijo, la Ley 2466 cambió tu situación. Ahora existe un límite máximo de 4 años acumulados (contando todas las prórrogas). Pasado ese tiempo, el contrato se convierte automáticamente en indefinido.
Dos reglas adicionales:
- Si tu contrato es por menos de 1 año, después de la 4.ª prórroga, la siguiente renovación debe ser por mínimo 1 año.
- El conteo de los 4 años inicia desde el 25 de junio de 2025 (fecha de entrada en vigencia de la ley), incluso para contratos que ya existían antes.
La trampa de la renuncia
Algunas empresas están usando una estrategia para evitar que el contrato se convierta en indefinido: te piden que “renuncies voluntariamente” y firmes un contrato “nuevo” desde cero. Así pretenden reiniciar el contador de 4 años.
¿Por qué esto es problemático?
- La ley establece que el conteo es sobre el tiempo acumulado, incluyendo prórrogas. Una renuncia forzada para firmar un contrato idéntico puede ser considerada fraude a la ley por un juez laboral.
- Si la “renuncia” no fue realmente voluntaria (te presionaron, te condicionaron, o no tuviste alternativa real), no tiene validez legal plena.
- Además, al renunciar pierdes antigüedad para efectos de indemnización, vacaciones proporcionales y otros derechos acumulados.
Qué hacer si te piden renunciar para firmar un “nuevo” contrato:
- No firmes nada bajo presión. Pide tiempo para revisar los documentos.
- Consulta con un abogado laboral antes de tomar cualquier decisión.
- Documenta todo. Si la solicitud fue verbal, envíate un correo o mensaje con los detalles de la conversación (fecha, quién te lo pidió, qué te dijeron exactamente).
Aprendices SENA: ahora tienes contrato laboral
Si eres aprendiz del SENA, la Ley 2466 (Artículo 21) te reconoce como trabajador formal bajo un contrato especial a término fijo. Esto significa:
- Fase lectiva o primer año de formación dual: mínimo 75% del SMLMV ($1.313.179)
- Fase práctica o segundo año de formación dual: mínimo 100% del SMLMV ($1.750.905)
- Derecho a prestaciones sociales completas (salud, pensión, ARL, cesantías, prima)
Si tu empresa te sigue tratando bajo el antiguo esquema de “apoyo de sostenimiento” sin prestaciones, está incumpliendo la ley.
Salario Mínimo y Auxilio de Conectividad
El salario mínimo 2026 en Colombia es de $2.000.000 mensuales, distribuido así:
| Concepto | Valor mensual |
|---|---|
| Salario base | $1.750.905 |
| Auxilio de transporte | $249.095 |
| Total mínimo | $2.000.000 |
Estos valores fueron fijados por los Decretos 1469 y 1470 de diciembre de 2025 y representan un aumento del 23,78% respecto a 2025.
Auxilio de conectividad: ¿trabajas remoto?
La Ley 2466 (Artículo 53) creó un nuevo beneficio: el auxilio de conectividad para teletrabajadores. Aplica si cumples estas condiciones:
- Trabajas en modalidad remota, híbrida o teletrabajo
- Ganas hasta 2 SMLMV ($3.501.810/mes)
El valor es igual al auxilio de transporte: $249.095/mes. No es salario, pero sí es base para liquidar prestaciones sociales (cesantías, prima, intereses de cesantías).
Si trabajas remoto y tu empleador no te está pagando este auxilio, tiene una obligación legal que no está cumpliendo.
Cómo verificar tu desprendible de nómina
Tu desprendible debe mostrar como mínimo estos valores:
Ingresos:
- Salario básico: al menos $1.750.905
- Auxilio de transporte: $249.095 (si vas presencial y ganas hasta 2 SMLMV)
- O Auxilio de conectividad: $249.095 (si trabajas remoto y ganas hasta 2 SMLMV)
Deducciones:
- Salud (4% de tu salario base): ~$70.036
- Pensión (4% de tu salario base): ~$70.036
Si algún valor es menor, o si no aparece el auxilio correspondiente, solicita una explicación por escrito a tu empleador. Si no corrigen, puedes reclamar las diferencias salariales ante el Ministerio del Trabajo.
¿Tu nómina no cuadra con estos valores? Agenda tu primera asesoría GRATUITA y revisamos tu caso. 📞 WhatsApp: 314 234 5051
Recargos Dominicales y Festivos
Si trabajas domingos o festivos, cada hora que trabajas vale más dinero progresivamente. La Ley 2466 (Artículo 14) restableció el recargo dominical al 100%, pero de forma gradual:
| Período | Recargo | Estado |
|---|---|---|
| Antes de julio 2025 | 75% | Vigente hasta jun 2025 |
| Julio 2025 - Junio 2026 | 80% | Vigente ahora |
| Julio 2026 - Junio 2027 | 90% | Próximo |
| Desde julio 2027 | 100% | Próximo |
Ejemplo: cuánto te deben pagar un domingo
Con salario mínimo ($1.750.905/mes):
| Concepto | Antes (75%) | Ahora (80%) | Jul 2026 (90%) | Jul 2027 (100%) |
|---|---|---|---|---|
| Valor día ordinario | $58.364 | $58.364 | $58.364 | $58.364 |
| Recargo dominical | $43.773 | $46.691 | $52.527 | $58.364 |
| Total día domingo | $102.136 | $105.054 | $110.891 | $116.727 |
En 2027, un domingo trabajado te pagará exactamente el doble de un día normal. Valores calculados sobre el salario mínimo 2026. Si ganas más, los montos son proporcionalmente mayores.
Esto aplica para los 18 festivos nacionales de Colombia también. Si tu sector opera domingos o festivos (comercio, vigilancia, salud, restaurantes, hotelería), verifica que tu nómina ya refleje el recargo del 80% desde julio de 2025.
Cómo verificarlo
Busca en tu desprendible la línea de “recargo dominical” o “recargo festivo”. El porcentaje debe ser del 80% sobre tu salario ordinario diario. Si sigue apareciendo al 75%, tu empleador no ha hecho el ajuste y puedes reclamar la diferencia retroactiva desde julio de 2025.
Acoso Laboral
La Ley 2466 (Artículo 18) cambió la definición de acoso laboral en Colombia. Antes, la Ley 1010 de 2006 exigía probar que el acoso fuera una conducta “persistente y demostrable”, es decir, actos repetidos en el tiempo.
Ahora, un solo acto es suficiente para configurar acoso laboral. La ley dice textualmente: “ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida.”
Además, la protección ahora cubre a:
- Trabajadores formales e informales
- Pasantes y aprendices
- Personas que ya no trabajan en la empresa (ex empleados)
- Candidatos a empleo (durante procesos de selección)
Qué constituye acoso laboral
No toda discusión o desacuerdo es acoso. La ley habla de “comportamientos y prácticas inaceptables” que causen o puedan causar daño físico, psicológico, sexual o económico. Ejemplos concretos:
- Gritos, insultos o humillaciones frente a otros compañeros
- Amenazas directas o indirectas sobre tu empleo
- Carga de trabajo excesiva con intención de perjudicarte
- Discriminación por género, raza, orientación sexual, religión o discapacidad
- Acoso sexual en cualquier forma
- Aislamiento deliberado o exclusión de actividades laborales
Pruebas válidas ante un juez
Si decides denunciar, la calidad de tus pruebas es determinante. Estas son las más efectivas:
Pruebas sólidas:
- Mensajes escritos: WhatsApp, correos electrónicos, memorandos. Todo lo que esté documentado con fecha y contenido claro.
- Testimonios de compañeros: Personas que presenciaron el hecho y están dispuestas a declarar.
- Informes médicos o psicológicos: Si el acoso te generó afectaciones de salud documentadas por un profesional.
- Quejas formales previas: Si presentaste quejas al Comité de Convivencia Laboral o a Recursos Humanos (guarda copia).
Pruebas que pueden ser cuestionadas:
- Grabaciones sin consentimiento de todas las partes pueden ser cuestionadas dependiendo del contexto judicial. Es preferible que la evidencia sea documental.
- Capturas de pantalla sin metadatos o contexto completo pueden ser impugnadas.
Cómo denunciar paso a paso
- Documenta el incidente. Escribe todo lo que pasó: fecha, hora, lugar, personas presentes, qué se dijo o hizo. Hazlo el mismo día mientras los detalles están frescos.
- Presenta queja formal ante el Comité de Convivencia Laboral de tu empresa. Toda empresa está obligada a tener uno (si no lo tiene, eso ya es una infracción).
- Si no hay resolución en 6 meses, o si el comité no existe o no actúa, presenta queja ante el Ministerio del Trabajo.
- Acción judicial. Puedes acudir ante un juez laboral si la vía administrativa no resuelve tu caso.
Certificado de Discapacidad
La Ley 2466 (Artículo 15, numeral 17) establece que las empresas deben contratar personas con discapacidad:
- Empresas de hasta 500 trabajadores: mínimo 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores.
- Empresas de más de 500: 1 persona adicional por cada tramo de 100 trabajadores.
El primer año (hasta junio de 2026) es optativo para que las empresas preparen los ajustes. A partir de junio de 2026, es obligatorio.
Esto significa que las empresas te están buscando activamente para cumplir con la cuota legal.
Cómo obtener tu certificado
Para acceder a estas vacantes, necesitas la certificación de discapacidad expedida conforme a las disposiciones del Ministerio de Salud y Protección Social:
- Solicita valoración médica a través de tu EPS o entidad de salud.
- Obtén la calificación de pérdida de capacidad laboral por parte de la junta de calificación correspondiente.
- Registra tu certificado en el sistema del Ministerio del Trabajo para que las empresas puedan verificar tu estatus.
Tus derechos como trabajador con discapacidad
La Ley 2466 no solo establece la cuota de contratación. También obliga al empleador a:
- Implementar ajustes razonables en el lugar de trabajo para que puedas desempeñar tus funciones (Art. 15, numeral 13). Esto incluye remoción de barreras físicas, comunicativas y actitudinales.
- No discriminarte por tu condición.
- Darte las mismas prestaciones y derechos laborales que cualquier otro trabajador.
Dónde buscar empleo
- Servicio Público de Empleo (www.serviciodeempleo.gov.co): plataforma del gobierno con vacantes específicas.
- Portales de empleo con filtros de inclusión.
- Directamente en empresas medianas y grandes, que están obligadas a cumplir la cuota y muchas están en proceso de búsqueda activa.
¿Necesitas Ayuda con Tu Caso?
Los derechos existen en la ley. Pero hacerlos cumplir requiere conocer el procedimiento correcto y tener la documentación adecuada.
Si crees que tu empleador no está cumpliendo con alguno de estos 7 cambios, o si necesitas orientación sobre tu situación específica, agenda tu primera consulta GRATUITA.
* Los valores en pesos de esta guía son aproximados, calculados sobre el salario mínimo 2026. Los montos exactos dependen de las condiciones específicas de cada caso (salario, sector, actividad económica de la empresa, entre otros). Este artículo es informativo y no constituye asesoría legal personalizada. Si necesitas un análisis específico de tu situación, contáctanos. Fuente legal: Ley 2466 de 2025, aprobada el 25 de junio de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.160.